El director de Pesca y Acuicultura del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), Adam Leguizamón, en entrevista con Radio 1000, informó que mediante la Resolución N° 671/2023 se estableció el periodo de veda pesquera 2023/2024, que inicia a partir de este miércoles, 1 de noviembre hasta el 15 de diciembre del presente año, para las aguas compartidas con Argentina; y desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024, para las aguas compartidas con Brasil.
Resaltó que la Resolución rige para todo el territorio nacional, en las modalidades de pesca deportiva y comercial, y en lo respecta a la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros.
Leguizamón explicó que las fechas designadas se definieron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental; en este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo.
El alto funcionario del Mades anunció que, en conjunto con otras instituciones, se realizarán estrictos controles en rutas, comercios, transportes y agua, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales. Asimismo se tienen previstas verificaciones y fiscalizaciones de alto nivel multidisciplinario.
Detalló que en la Resolución N° 671/2023 se establecen todos los detalles sobre controles y sanciones para quienes no cumplan con lo dispuesto. El documento será ampliamente difundido y socializado.
Comentó que la Resolución establece además que todos los acopiadores y casas comerciales, como pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores, inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores que tengan en almacenamiento pescados extraídos en tiempo y forma antes del inicio de la veda, deberán presentar declaración jurada de almacenamiento en la Dirección de Pesca y Acuicultura o en las Oficinas Regionales del MADES.
Cabe mencionar que los productos debidamente declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados en el plazo perentorio de doce días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar los productos almacenados.