La vicepresidenta del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP), María Ángela Duarte, en entrevista con Radio 1000 destacó que el comunicado difundido por el gremio explica jurídicamente la posición respecto al reclamo de la apertura del llamado “sobre 4”, que contiene las papeletas de votación, utilizadas o no, en los comicios.
Detalló que en el escrito se señala textualmente que todo el proceso electoral de nuestro país se rige por mandatos y normas constitucionales y legales. “En el Paraguay, el voto es individual y secreto, pero el escrutinio es publico y fiscalizado, según lo impone el art. 118 de la Constitución. Por su parte, la legislación que regula los procesos electorales establece que dichas etapas tienen plazos perentorios e improrrogables”.
Expresó que en el pronunciamiento también se deja por sentado que las normas electorales establecen que el conteo se realizará de manera continua, ininterrumpida y a viva voz, y que una vez concluido el proceso de conteo se la la oportunidad para que los miembros de mesa o veedores objeten cualquier tipo de irregularidad que hayan percibido, luego de ello, todo lo anteriormente indicado e plasma en actas que son guardadas en sus respectivos sobres”.
Duarte mencionó que en su parte principal el documento refiere que “en el sistema electoral paraguayo no existe la figura del recuento de votos posterior al escrutinio cuyo resultado se halla estampado en las respectivas actas electorales, la etapa que legalmente corresponde llevarse adelante es el del juzgamiento de la validez de las respectivas actas de mesa. Cualquier tipo de cambio al sistema electoral, requiere una modificación legislativa o en su caso, constitucional”.
Finalmente, el Colegio de Abogados insta a los partidos, movimientos, actores políticos y ciudadania en general a respetar el proceso electoral en marcha.