La Municipalidad de Asunción y la Confederación Paraguaya de Básquetbol (CPB) llegaron a un Acuerdo Extrajudicial Transaccional y Conciliatorio, con el fin de dar satisfacción al despojo sufrido por la entidad deportiva del famoso Estadio “Comuneros”.
El acto tuvo lugar en la Comuna Capitalina, al mediodía del viernes y estuvieron presentes el intendente capitalino, Oscar Rodríguez y la secretaria general de la comuna, María Cristina Signorino. Por la Confederación Paraguaya de Básquetbol estuvieron su presidente, Santiago Ochipinti Beterette y su vicepresidente, Alejandro Morassi.
Cabe recordar que el estadio Comuneros era propiedad de la Confederación Paraguaya de Básquetbol y estaba ubicado en Loma Kavará, donde hoy se sitúa la Plaza Comuneros.
Fue un espacio de encuentros artísticos y deportivos desde 1949 hasta finales de la década del 70, cuando el gobierno del dictador Alfredo Stroessner procedió al despojo de dicho predio deportivo, luego de una gran tormenta que afectó su estructura, algunos aseguran que por razones de seguridad.
Sin embargo la CPB nunca recibió ninguna compensación que le permitiera, de alguna manera, recuperar un lugar dedicado al deporte, como lo fuera el “Estadio Comuneros”.
La entonces intendente Evanhy de Gallegos, en el año 2010, firmó un compromiso de traspaso de dos inmuebles, que luego fue desautorizado por la Junta Municipal de Asunción de aquella época.
Finalmente, luego de varios intentos por lograr una compensación justa, la Municipalidad de Asunción y la CPB arribaron a este acuerdo, que compromete a la institución municipal a la dación en pago a la CBP, del bien inmueble hoy en proceso de mensura judicial, solicitada por la Comuna, en virtud de la Ley Nº 3279/07, individualizado e inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos como Finca N° 1.261 (Matriz de una porción mayor), con Cta. Cte. Ctral. N° 15-0059-00 (Matriz), cuyas dimensiones y linderos del polígono establecidos en plano, que como anexo forma parte del presente acuerdo, con una superficie de 4 (cuatro) hectáreas, 0648 (seiscientos cuarenta y ocho) metros cuadrados, 0220 (doscientos veinte) centímetros cuadrados.
En consecuencia, en un plazo de dos años, a partir de la firma del presente Acuerdo Extrajudicial Transaccional y Conciliatorio, se deberán concluir los trámites propios de la gestión administrativa, con sus procesos internos, en especial el fraccionamiento del citado inmueble, que tiene una superficie mayor, que deviene de la suscripción del presente acuerdo transaccional y conciliatorio, pudiendo ser prorrogado este plazo por acuerdo entre partes.
El presente acuerdo y autorización de la presente Dación en Pago del bien inmueble, individualizado más arriba, deberán ser aprobados por la Junta Municipal de Asunción, de conformidad a lo que dispone el Art. 138 de la Ley Nº 3966/2010 “Ley Orgánica Municipal”, debiendo remitirse sus antecedentes a los efectos de su perfeccionamiento.
La liquidación que se conciliará en el marco del juicio de ejecución de sentencia es de Guaraníes Quince Mil Ciento Cuarenta y Un Millones Doscientos Cuarenta y Un Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve (Gs. 15.141.241.459), cuyos intereses fueron liquidados a fecha 22 de abril de 2016. Incluye todos los intereses generados con posterioridad a la fecha, quedando extinguida toda obligación a través de la presente dación en pago, objeto del presente acuerdo.
Fuente: Municipalidad de Asunción