La Administración Nacional de Electricidad (ANDE), emitió un comunicado en relación a una publicación realizada en un medio de prensa escrita sobre la supuesta existencia de “exonerados VIP de la ANDE”, en la que se beneficiaron con “Criterio Social” durante la pandemia. La institución estatal aclara que se aplicó estrictamente lo establecido en la Ley 6524/2020 de Emergencia y sus decretos reglamentarios.
Según la ANDE, las normativas establecían que todos los usuarios de energía eléctrica en Baja Tensión, sin discriminación de clientes categorías ni actividades y las MIPYMES, debidamente certificados por el MIC, con un consumo mensual de 0 a 500 kWh serán exoneradas en un 100% en las facturas emitidas entre los meses de abril a setiembre de 2020. Explica además que del mismo modo, se estableció que quedaban excluidos de todos los beneficios de la Ley, los usuarios de Grupos de Consumo Gubernamental Alta Tensión, Muy Alta Tensión e Industrias Electrointensivas.
“A fin de transparentar todos los beneficiarios de la referida Ley, la ANDE ha disponibilizado en su página web institucional, la consulta por número de suministro, del importe y meses exonerados”, concluye el pronunciamiento.